El presidente de la Junta Nacional de Usuarios de los Distritos de Riegos del Perú, negó que se este aprovechando políticamente el reclamo de los agricultores del país, indica que se esta trabajando la privatización del agua y responde a las declaraciones del primer ministro Yehude Simon.
Por otro lado diferentes expertos en el tema opinan que se esta tratando de ordenar un sistema caótico, con un frondoso sistema de normas legales sectorizadas de escaso conocimiento y muchas veces de nulo cumplimiento.
En los últimos meses se han dado importantes cambios en la legislación peruana respecto de lo que es la gestión de los recursos hídricos. El Decreto Legislativo 1081 (28/06/08), que crea el Sistema Nacional de Recursos Hídricos y el Decreto Legislativo 1083 (28/06/08) que promueve el aprovechamiento eficiente y la conservación de los recursos hídricos. El primero de ellos fue reglamentado con el Decreto Supremo 021-2008-AG (25/09/08).
Los dirigentes de estas organizaciones mencionan que el dispositivo DL 1081, pretende privatizar la gestión de los recursos hídricos en nuestro país. Resaltan que en dicho dispositivo la operación de los sistemas hidraulicos estarían en manos de operadores, y pueden ser estos públicos o privados.
Desde el año 1989 (Decreto Supremo N° 037.89-AG) las organizaciones de usuarios vienen tomando un mayor protagonismo en la gestión de los recursos hídricos. La distribución de las aguas en nuestro país esta en manos de OPERADORES PRIVADOS desde hace más de ocho años, tal como lo evidencia el Decreto Supremo 057-2000-AG.
El mayor uso de las aguas disponibles se destinan a la actividad agrícola, esta consume cerca del 80%, el uso de las aguas en esta actividad es por lo general un caos y desorden, riega el más fuerte el que mas tiene, es común oir los famosos usos y costumbres, no existen roles de riego o si los hay no se respetan, son contadas las excepciones a esta generalidad.
Es claro que la dación de un dispositivo legal no solucionara per se un problema tan arraigado, pero contribuye a ordenar un Sistema Juridico en torno a la gestión de los recursos hídricos.
Creemos que nuestros agricultores, mas alla de lo que mencionan sus dirigentes, quieren un mayor orden en su actividad, que sea esta rentable y tener la seguridad que lo que han sembrado les traerá beneficios económicos para su bienestar y el de su familia, no las posiciones por demás absurdas, de decir NO COSECHEMOS y DESABASTECER LOS MERCADOS, acompañado de toma de carreteras que perjudican a todos.
En este clima violento, se aprobó en el Congreso el día de ayer el Dictamen de LEY DE RECURSOS HÍDRICOS, con algunas modificaciones, faltaría una segunda votación en el Pleno del Congreso para tener la ley aprobada. Esto puede ocurrir en el mes de febrero.
Ponemos a su disposición el Proyecto: LEY DE RECURSOS HÍDRICOS , sin las modificaciones últimas integradas el día de ayer. De no poder acceder a ella solicitarmela al correo
ronaldancajima@gmail.com.
El debate esta abierto y a la espera de comentarios, me despido momentaneamente.
Por otro lado diferentes expertos en el tema opinan que se esta tratando de ordenar un sistema caótico, con un frondoso sistema de normas legales sectorizadas de escaso conocimiento y muchas veces de nulo cumplimiento.
En los últimos meses se han dado importantes cambios en la legislación peruana respecto de lo que es la gestión de los recursos hídricos. El Decreto Legislativo 1081 (28/06/08), que crea el Sistema Nacional de Recursos Hídricos y el Decreto Legislativo 1083 (28/06/08) que promueve el aprovechamiento eficiente y la conservación de los recursos hídricos. El primero de ellos fue reglamentado con el Decreto Supremo 021-2008-AG (25/09/08).
Los dirigentes de estas organizaciones mencionan que el dispositivo DL 1081, pretende privatizar la gestión de los recursos hídricos en nuestro país. Resaltan que en dicho dispositivo la operación de los sistemas hidraulicos estarían en manos de operadores, y pueden ser estos públicos o privados.
Desde el año 1989 (Decreto Supremo N° 037.89-AG) las organizaciones de usuarios vienen tomando un mayor protagonismo en la gestión de los recursos hídricos. La distribución de las aguas en nuestro país esta en manos de OPERADORES PRIVADOS desde hace más de ocho años, tal como lo evidencia el Decreto Supremo 057-2000-AG.
El mayor uso de las aguas disponibles se destinan a la actividad agrícola, esta consume cerca del 80%, el uso de las aguas en esta actividad es por lo general un caos y desorden, riega el más fuerte el que mas tiene, es común oir los famosos usos y costumbres, no existen roles de riego o si los hay no se respetan, son contadas las excepciones a esta generalidad.
Es claro que la dación de un dispositivo legal no solucionara per se un problema tan arraigado, pero contribuye a ordenar un Sistema Juridico en torno a la gestión de los recursos hídricos.
Creemos que nuestros agricultores, mas alla de lo que mencionan sus dirigentes, quieren un mayor orden en su actividad, que sea esta rentable y tener la seguridad que lo que han sembrado les traerá beneficios económicos para su bienestar y el de su familia, no las posiciones por demás absurdas, de decir NO COSECHEMOS y DESABASTECER LOS MERCADOS, acompañado de toma de carreteras que perjudican a todos.
En este clima violento, se aprobó en el Congreso el día de ayer el Dictamen de LEY DE RECURSOS HÍDRICOS, con algunas modificaciones, faltaría una segunda votación en el Pleno del Congreso para tener la ley aprobada. Esto puede ocurrir en el mes de febrero.
Ponemos a su disposición el Proyecto: LEY DE RECURSOS HÍDRICOS , sin las modificaciones últimas integradas el día de ayer. De no poder acceder a ella solicitarmela al correo
ronaldancajima@gmail.com.
El debate esta abierto y a la espera de comentarios, me despido momentaneamente.
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